jueves, 13 de febrero de 2014

Tasas judiciales

El pasado 22 de noviembre de 2012 entraban en vigor las tasas judiciales, posteriormente fueron modificadas con el RD 3/2013.
La infografía que muestro a continuación señala cuánto debemos pagar por usar los tribunales en derecho laboral, diferenciando entre lo que debe pagar la empresa y el trabajador, dependiendo de quién interponga la demanda.
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Pueden comprobar que la primera demanda en el Juzgado de lo social es gratuita. Debiendo pagar por recurrir la sentencia una cuota fija de 500 ante el Tribuna Superior de Justicia, la cuota fija será de 750 € al recurrir ante el Tribunal Supremo(2º recurso); en ambos casos el trabajador tiene derecho a una reducción del 60%, por lo que la cuota fija quedaría en 200 y 300 € respectivamente. Si se reclaman cantidades económicas hay que pagar una cuota variable del 0´5% de la cantidad reclamada con un límite máximo de 800€; en esta cuota variable el trabajador también tiene la reducción del 60%, quedando para é en un 0´04%; esta cuota variable tiene un máximo de 800€.

Cabe destacar que la tutela de derechos fundamentales es siempre gratuita, incluso los recursos.